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Renta variable en un CC
Cálculo de la renta variable
Renta Variable en un contrato de arrendamiento de un centro comercial
Cuando hablamos de la renta variable en un contrato de alquiler de un centro comercial nos referimos al porcentaje del exceso de las ventas que una tienda debe pagar al centro comercial como parte de la renta anual del local. Aquí hay una descripción detallada de cómo se calcula la renta variable y un ejemplo para ilustrarlo:
Definición de términos sobre la renta variable:
Renta Mínima Garantizada (RMG): Es el pago fijo del alquiler mensual que se realiza al centro comercial según lo negociado en la propuesta económica.
Renta Variable: Es el porcentaje de las ventas que se debe pagar al centro comercial, añadido a la RMG. El porcentaje puede variar y debe ser negociado.
Cálculo de la renta variable:
La fórmula para calcular la renta variable es: Renta Variable = RMG anual / Porcentaje de renta variable.
Ejemplo de cálculo de la renta variable:
Supongamos que se ha acordado una RMG anual de 48,000€ (4,000€ mensuales) y se ha negociado un porcentaje de renta variable del 6%.
Paso 1: Dividimos la RMG anual entre el porcentaje de renta variable negociado: 48,000€ / 0.06 = 800,000€.
Paso 2: Si las ventas anuales sin IVA del comerciante son de 900,000€, restamos la cantidad obtenida en el paso anterior: 800,000€ – 900,000€ = 100,000€.
Paso 3: Calculamos el 6% de la cantidad obtenida en el paso anterior para determinar la renta variable a pagar: 100,000€ * 0.06 = 6,000€ a pagar ese año en concreto
En este ejemplo, el inquilino deberá pagar 6,000€ al centro comercial como renta variable. Si las ventas anuales fueran inferiores a 800,000€, no habría que pagar renta variable.
Es importante destacar que, de acuerdo con el contrato, el comerciante está obligado a proporcionar mensualmente su cifra de ventas al centro comercial. Esto permite al centro comercial monitorear el desempeño del negocio.
Cabe mencionar que las bonificaciones, el IVA, los impuestos y los gastos comunes no se incluyen en el cálculo de la renta variable, sino solo la RMG especificada en el contrato.
| © Ignacio Ros |